Ya son dos los casos de discriminación hacia la comunidad LGBTI que se han presentado estos últimos meses en la costa colombiana, dichos casos han sido criticados por la comunidad y se han tomado las medidas pertinentes para que actos como estos se hagan visibles y no pasen desapersibidos.
¿A qué se le conoce como discriminación?
A todo acto en el que se menosprecie a una persona o grupo social, ya sea por su clase social, su forma de vestir o hablar, su raza, edad, sexo, orientación sexual e identidad género que impide un trato igualitario y viole o vulnere los derechos de la persona.
Caso 1: centro comercial Nuestro Atlántico
El primer caso se presenta en Soledad Atlántico, en el centro comercial Nuestro Atlántico, cuando Esteban Gallardo, tal y como lo declaró para medios de comunicación, se encontraba hablando con su pareja en unas escaleras que están en el centro comercial y es abordado por los guardas, quienes les dicen que las demostraciones de afectos no están permitidas en ese lugar y que deben retirarse. El punto está en que al lado había una pareja heterosexual y solo les llamaron la atención a ellos.
Por si fuera poco el acto de discriminación apenas empezaba, ya que los guardas no solo querían que se movieran del lugar, si no que también usaron vocabulario inadecuado y trataron de arrebatarle el celular cuando uno de ellos empezó a grabar lo sucedido.
Uno de los afectados decidió hacer la denuncia pública a través de sus redes sociales, con lo que se pudo observar que no es el único caso que ha sucedido en este centro comercial, ya que muchas personas también han sido discriminadas.
Gallardo en entrevista para el portal de noticias infobae aseguró lo siguiente “No es un hecho aislado, sino más bien una actitud sistemática y tememos que sea parte de la política del centro comercial” por esta razón las personas afectadas están siendo asesoradas para garantizar sus derechos por medio de una acción de tutela y una queja dirigida al centro comercial.
ver: Dificultades en el acceso a la salud para el colectivo LGBTIQ+
La acción de tutela tuvo una respuesta positiva este 17 de noviembre, cuando el Juzgado Primero Civil de Soledad fallo a favor de Esteban Gallardo y su pareja, reconociendo la discriminación a la que fueron sometidos en el centro comercial; ante dicha situación se ordena a la empresa de seguridad privada y al centro comercial que se tomen medidas drasticas para que situaciones como estas no se repitan.
Este lamentable hecho ocurrió el 12 de septiembre de este 2021 y tan solo un mes después en el otro extremo del Departamento del Atlántico sucedió un caso similar.
Caso 2: Hotel Pradomar
El segundo caso se presentó al otro extremo del departamento del Atlántico, en el Hotel Pradomar, ubicado en el municipio de Puerto Colombia. Nuevamente las redes sociales fueron testigo de este hecho cuando los implicados en la problemática decidieron abrir un hilo en twitter en donde contaban lo sucedido.
El hilo de twitter fue contando por una de las víctimas de discriminación: Anderson Jiménez e inició de la siguiente manera: Abro hilo de como fui discriminado junto a mis amigos y echados de un hotel por ser gays.
Resulta que en la tarde de ayer me encontraba compartiendo con mis amigos en el Hotel Pradomar, al principio el servicio fue muy agradable y la atención por parte del mesero también.
Anderson sigue contando que aunque el lugar estaba lleno por el partido de Colombia – Brasil ellos se encontraban en un lugar más tranquilo y un poco menos congestionado cuando escucharon a alguien gritar “que bonitos”, al voltear Jiménez sigue contando en su cuenta -Vemos a un hombre que se nos acerca a decirnos que nos fuéramos del lugar porque ahí no se aceptaban «mariquitas». A lo que todos nosotros quedamos en shock-.
El grito y los insultos que recibieron fueron por el supuesto dueño del establecimiento, quien les continuó gritando y sacándolos del lugar y usando palabras inadecuadas así lo relata la víctima – El hombre se acerca con más rabia a tratar de persuadirnos e intimidarnos con querer golpearnos, y nos grita: «SOY HOMOFÓBICO Y NO LOS QUIERO AQUÍ»-.
Finalmente, cuando estaban por salir del lugar no quisieron abrirles el parqueadero y los retuvieron por una hora, por lo que Anderson y sus amigos decidieron llamar a la policía de la cual recibieron todo el apoyo, resultó que el agresor no era el dueño del hotel si no el hermano de éste, por lo que el dueño se disculpó personalmente con los afectados.
Posteriormente el Hotel Pradomar lanzó un comunicado ofreciendo disculpas y asegurando que el hotel se rige por políticas de respeto.
Cifras Alarmantes desde el 2020
La Defensoría del Pueblo en audiencia sobre la Política Pública LGBTI en Colombia informó que en el 2020, desde enero y durante la pandemia, se han cometido 63 homicidios y feminicidios hacia esta población y aumentaron los casos de violencia por prejuicio.
ver: Registro alarmante de casos de discriminación hacia el colectivo LGBT en el ámbito laboral
La mayor parte de los crímenes se registraron en departamentos del Caribe, con 22 casos; seguidos de Antioquia, con 14; Valle del Cauca, con 8; Eje Cafetero, con 6, y 13 en otras zonas del país. De estas víctimas, 17 eran mujeres transgéneros, 12 hombres gais, seis mujeres lesbianas, un hombre transgénero y en el 47% no se especifica la orientación sexual e identidad de género.
Con estas y otras cifras la Defensoría del Pueblo concluye que durante la pandemia, se exacerbaron el prejuicio y la discriminación y aumentaron los obstáculos para el acceso a la justicia en la recepción de las denuncias y las barreras institucionales ligadas a la ausencia de sensibilidad y empatía que deben prevalecer en las autoridades encargadas de atender a esta población.
¿Qué dice la ley colombiana sobre la discriminación?
La ley 1482 de 2011 dice que esta ley tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación.
La ley castiga la discriminación con multas de hasta 13 millones de pesos, es decir de 10 a 15 salarios mínimos legales vigentes y una pena que va de 12 a 36 meses de prisión según el agravante.
En el artículo 134 B podemos observar que la discriminación está ligada al hostigamiento, por lo que el articulo castiga :
El que promueva o instigue actos, conductas o comportamientos constitutivos de hostigamiento, orientados a causarle daño físico o moral a una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo; por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión.
El portal de asuntos legales nos explica que existen agravantes que pueden aumentar las penas privativas de cuatro años o, incluso, cuatro y medio. Según la Ley 1482 en su artículo 134:
- El primero de ellos sería si la conducta delictiva se ejecuta en un espacio público.
- El segundo daría lugar a una agravante si la acción discriminatoria se hace a través de la utilización de medios de comunicación de difusión masiva.
- El tercero de ellos es si la conducta se realiza por servidor público.
- El cuarto si se efectúa por causa o con ocasión de la prestación de un servicio público.
- El quinto agravante se daría si el delito es contra un niño, niña, adolescente, persona de la tercera edad o adulto mayor.
- y en el sexto la ley contempla un aumento de penas si la conducta está orientada a negar o a restringir derechos laborales.
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