Todo sobre la Adopción Homoparental en España

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Las parejas de mujeres lesbianas y hombres gays han ampliado sus familiares a través de la adopción durante décadas. En este artículo abordaremos los derechos de adopción y paternidad de personas solteras y parejas LGTB.

En España, una persona homosexual goza de los mismos derechos que cualquier pareja heterosexual en materia de adopción. Esto convierte al país en uno de los más avanzados en materia de derechos LGBT en Europa. Esto empezó a ser posible en 2005, en el mismo año en que se aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo.

No obstante, el número de menores que son adoptados por padres españoles ha descendido drásticamente en un 90%. Entre las causas encontramos la crisis económica, los largos tiempos de espera en el proceso burocrático o la dificultad para adoptar en países extranjeros.

El día 29 de septiembre de 2006 se produce en España la primera adopción de un menor por parte de una pareja homosexual. La pareja decidió establecerse en su casa de verano una vez terminado el proceso burocrático. No se ofrecieron datos del menor ni de los padres para evitar atraer el foco mediático.

bandera LGBT
Foto: Bloomerg

Familias Homoparentales en España

El término de familia homoparental es el que se utiliza para describir a las familias que están compuestas por dos padres/madres y sus descendientes. Estos pueden tener diferente origen:

  • Adopción. Los trámites para adoptar a un menor son los mismos para cualquier persona independientemente de su orientación sexual.
  • Gestación subrogada. Práctica que consiste en ‘’alquilar’’ el útero de una mujer o persona gestante para quedar embarazada mediante un contrato. No es legal en España, por lo que quienes deseen recurrir a ella han de irse a países donde la legislación del lugar lo permita.
  • Reproducción asistida con el semen de un donante. Esta opción es una de las más recurridas en mujeres lesbianas o bisexuales.

Ya que las mujeres y personas gestantes son capaces de quedarse embarazadas, por lo general la adopción homoparental de menores se da con más frecuencia en pareja de hombres que de mujeres. En las parejas de mujeres lesbianas o bisexuales, se da el caso de que una de ellas dé a luz, y que la otra se convierta en madre legal a través de la adopción.

familia con papas gays
Foto: pexels

Requisitos para poder adoptar en España

Todas las parejas que deseen iniciar un trámite de adopción, han de cumplir los siguientes requisitos:

  • La adopción es irrevocable. La criatura adoptada se convierte inmediatamente en descendiente de las personas que lo adoptaron.
  • Siempre se debe tener en cuenta el interés superior del menor cuando se piensa en la adopción.
  • La adopción solo se concede por sentencia judicial motivada.
  • Las obligaciones y derechos entre los padres biológicos y el niño adoptado se extinguen cuando finaliza la adopción.
  • Al menos uno de los componentes de la pareja ha de ser mayor de 25 años.
  • La diferencia de edad entre quienes adoptan y la persona adoptada no puede ser menor de 16 años ni mayor de 45 años. Este requisito ha de cumplirse en al menos uno de los miembros de la pareja.
  • Quienes adoptan no pueden haber perdido la custodia o patria potestad de algún hije anterior.
  • Se debe presentar un documento que certifique la idoneidad de los padres/madres.
  • Estar en plena posesión de los derechos civiles (ser legalmente capaz).
  • El servicio al que deben acudir para iniciar el proceso de adopción son los Servicios de Protección de Menores de la comunidad autónoma que corresponda.
  • En España no es un requisito que la pareja esté casada para poder adoptar. Las parejas de hecho tienen derecho a adoptar un niño en España.
  • Solo pueden ser adoptados los menores que no se hayan emancipado. Excepcionalmente, se puede adoptar a un menor emancipado, si este ha convivido ininterrumpidamente con el progenitor que desea adoptarlo.

El primer paso para adoptar a una persona es presentar una propuesta de adopción en la entidad española competente (Servicio de Protección de Menores) de la Comunidad Autónoma Española de su elección.

mama con bandera lgbt y su hija
Foto: pexels

En cuanto a la adpción de menores extranjeros, aquellas parejas que decidan iniciar un proceso de adopción de un menor en otro país, se enfrentan a la dificultad de que no todos los países reconoce la adopción legal entre personas del mismo sexo. Algunos países que sí lo permiten son Brasil, Colombia, Portugal o Australia, por citar solo algunos. En el caso de Colombia, se trata del país con mayor experiencia y trayectoria en este tipo de procedimientos.

Debates actuales

A día de hoy aún sigue pendiente el debate de si las parejas del mismo sexo pueden o no adoptar. Siguen las voces que defienden que cada persona debe tener un padre y una madre. Sin embargo, los requisitos de adopción ponen encima de la mesa una condición principal: el bienestar y el interés superior del menor. Se considera que crecer en el seno de una familia es mejor que en un centro de menores.

Entre los argumentos de las personas que defienden este tipo de adopción, encontramos por ejemplo:

  • Cuando un menor se adopta es porque es deseado/a.
  • Las personas que adoptan son conscientes de que han de mostrar una estabilidad económica para poder mantener a la criatura.
  • Crecer en una familia es mejor que un centro de menores.
  • Las familias homoparentales muestran valores de respeto a la diversidad, tolerancia e inclusión, y tienen integrada la lucha contra la homofobia, entre otras.
  • Los padres gais se involucran de forma más intensa y comprometida en la educación de sus hijes.

Entre los argumentos en contra, destacamos los siguientes:

  • El desarrollo psicológico de los menores criados con padres y madres homosexuales (o bisexuaes) se puede ver afectado
  • Hay una mayor inestabilidad familiar, ya que las tasas de divorcio son más altas que en parejas heterosexuales.
  • Les hijes de parejas homosexuales se muestran más inseguros a la hora de hablar públicamente de su familia
  • Mayor riesgo de sufrir bullying por el tipo de familia establecida

Cabe rescatar que ninguno de estos argumentos tiene un respaldo científico y están basados en prejuicios. La salud mental y psicológica del menor no está ligada al tipo de familia que tenga. Por el contrario, hay varios estudios que desmienten esto y demuestran que los menores son más abiertos y con menos prejuicios. La base de una familia que desea tener hijes es siempre el amor y los cuidados, independientemente de la orientación sexual.

La gestación subrogada en España

Actualmente, la gestación subrogada no es posible en España según el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, que establece que:

«Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero».

Además, el código penal español establece en su artículo 221 que:

«Los que, mediando compensación económica, entreguen a otra persona un hijo, descendiente o cualquier menor aunque no concurra relación de filiación o parentesco, eludiendo los procedimientos legales de la guarda, acogimiento o adopción, con la finalidad de establecer una relación análoga a la de filiación, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad, tutela, curatela o guarda por tiempo de cuatro a 10 años.«

No obstante, las personas residentes en España pueden optar por la adopción en otros países donde esta práctica sí es legal, como Canadá o Ucrania. Los datos oficiales muestran que desde 2010-2021 al menos 2350 menores habían sido inscritos en el registro como personas nacidas en el extranjero por gestación subrogada.

madre embarazada
Foto: pexels

Existe un mito generalizado en relación a este procedimiento. Muchas veces se utiliza como disfraz de homofobia para atacar a las personas homosexuales que «no les importa usar a una mujer de vasija para tener a sus criaturas». No obstante, se sabe que la mayoría de personas que recurren a esta práctica son heterosexuales que no pueden tener descendencia por problemas médicos.

El perfil de las personas que hacen uso de este método para poder tener descendencia son familias menores de 45 años, que principalmente recurren a Ucrania, Canadá, EEUU, México o Georgia. Entre los perfiles que se han estudiado, se recogen datos de 301 familias, de las cuales 159 son parejas heterosexuales; 90 homosexuales (89 masculinas y una femenina) y 52 monoparentales (41 masculinas y 11 femeninas).

La gestación subrogada sigue siendo un debate dentro del feminismo en torno a la idea de si una mujer decide libre y altruistamente quedarse embarazada o lo hace por necesidades económicas. Muy similar al debate existente en torno a la prostitución. Se ataca duramente todas las prácticas que cosifican a la mujer.

La nueva ley del aborto

La nueva ley del aborto en España busca criminalizar a todas aquellas personas de nacionalidad española que recurran a la opción de la gestación subrogada en el extranjero para poder tener descendencia. También se prohíbe cualquier tipo de publicidad realizada por las agencias que hacen de intermediarias en España. La propuesta contempla una pena de hasta 5 años de prisión.

Actualmente esta ley tiene forma de anteproyecto, pero busca proteger a las personas de las vulneraciones de sus derechos sexuales y reproductivos.

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