España pone fin a la discriminación para la Fecundación in Vitro de la Seguridad Social

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Desde el año 2006 en España cualquier mujer mayor de edad y en plenas facultades puede acceder al servicio de fertilidad de la Seguridad Social. En un principio el servicio era nacional y sin restricciones de diversidad, orientación e identidad sexual, ni estado civil, lo que significaba que las mujeres solteras, lesbianas, bisexuales así como parejas homosexual de mujeres podían realizar la solicitud para la reproducción asistida de manera pública y gratuita.

Sin embargo, en el año 2014 los requisitos para acceder al servicio se redujeron únicamente a mujeres heterosexuales casadas que tras un año de intentos tuvieran problemas de fertilidad para concebir. Las palabras concretas de la Ministra de Sanidad de entonces eran tener problemas y haber estado “12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos”. Unas desafortunadas palabras que no hicieron más que ampliar la discriminación hacia los colectivos más vulnerables.

Lo que siempre ha cubierto esta Ley son los casos de embarazo de riesgo grave, es decir, casos en los que la gestación pudiera resultar algún tipo de transmisión de enfermedad o trastorno severos. Además, también, aquellos casos especiales en donde la persona géstate tuviera problemas patológicos, como un cáncer, y el embarazo supusiera un riesgo para el bebé.

No obstante, ha sido este mismo año cuando se han vuelto a restaurar los derechos plenos para todas las personas en relación al acceso de la inseminación artificial por la Seguridad Social española, donde además se han incluido a las personas trans, que con el primer texto de la Ley de 2006 quedaban excluidas.

De hecho, existe un ejemplo reciente del éxito de este servicio español y gratuito en forma de historia personal: la de Rubén Castro, una persona trans que tras varios intentos, y con la Ley en la mano, consiguió su sueño de ser papá gestante. Y es que, la Seguridad Social Española cubre hasta tres intentos de inseminación artificial, un ahorro significativo para el bolsillo de aquella persona que desea quedarse embarazada, pues los costes en una clínica privada pueden llegar a ser realmente altos.

Aún así, este servicio responde a la alta demanda que existe, pues según los datos del Ministerio de Sanidad e Igualdad, España se sitúa entre los primeros países de Europa y del mundo en apostar por este tipo de tratamientos. Además no existe edad máxima para acudir a la IA, ya sea de manera gratuita o de pago, aunque sin embargo los expertos aconsejan que no sea más de 40 años.

La modificación de la actual Ley llega con retraso, pues el texto previo comenzó a redactarse ya en 2018 con intención de aplicarlo como tarde en el año 2020. Sin embargo, la COVID-19 retraso el proceso de aprobación aunque con final feliz, pues fue el pasado mes de noviembre cuando se restauraron todos los derechos para lesbianas, bisexuales, mujeres sin pareja y personas trans. ‘Que nadie baje los brazos’ o ‘Hoy es un día de restitución de derechos’ son algunas de las palabras que la actual ministra de Sanidad, Carolina Daría, ha querido compartir en relación a esta nueva modificación.

Los derechos avanzan, la libertad de las personas continúa y no se contempla de ninguna manera dar ni un solo paso atrás. La diversidad existe. Las mujeres solteras deseando ser mamá existen. Las parejas formadas por dos mujeres queriendo tener una familia existen. Las personas trans que pueden gestar a su bebé también existen. Después de más de 6 años España ha conseguido dar una zancada más en cuanto a derechos LGBT eliminando una de las discriminaciones más evidentes y flagrantes de la sociedad española.

 


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