En la actualidad, México es el único país en Norteamérica que no reconoce las uniones maritales entre personas del mismo sexo a nivel nacional. Sin embargo, al ser un país federalista —que está dividido en estados que tienen cierta autonomía de acción y legislación—, cuenta con la aprobación del mismo en 27 de 32 estados y en todos los países donde México tenga representación consular.
A pesar de esas limitaciones, el 12 de junio de 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) —el máximo tribunal constitucional y de autoridad jurisdiccional en México— emitió la resolución de jurisprudencia 43, en la que expresó la obligatoriedad de que todes les jueces debían tramitar favorablemente los amparos de personas LGBTIQ+ que deseaban casarse en cualquier lugar del país, incluso en donde no estaba legalizada esta forma de unión.
En América Latina, el primer país en reconocer el matrimonio igualitario fue Argentina (2010), seguido por Uruguay (2012), Brasil (2013), Colombia (2016), Ecuador (2019), Costa Rica (2020) y Chile (2021).
Matrimonio igualitario en México, estado por estado
Te contamos cuáles son los estados en los que el matrimonio igualitario ya está permitido, en cuáles no y bajo qué circunstancias.
1. Aguascalientes (Aprobado en 2019):
En esta región el código no ha sido modificado y establece que el matrimonio es la unión legal entre un solo hombre y una sola mujer con el fin de perpetuar la especie y crear una comunidad de vida.
Sin embargo, se adoptó la resolución de la SCJN del 2019 en la que invalidaba 3 de los artículos discriminatorios del Código Civil del Estado donde no se permitían las uniones entre personas cisheterodisidentes. En ese mismo año se celebró el primer matrimonio igualitario que no necesitó amparo.
2. Baja California (Aprobado en 2021):
En este estado, el 16 de junio de 2021 se reformaron los artículos 7 y 104 de la Constitución del Estado que de forma similar a la anterior, promovían que el matrimonio era la unión entre hombre y mujer con el fin de conservar la especie.
La aprobación contó con 18 votos a favor, 4 en contra y una abstención. Además, se reformó el artículo 143 del Código Civil donde se define a esta unión como un lugar libre de dos personas que realizan la comunidad de la vida y donde se procura el respeto, la igualdad y la ayuda mutua.
3. Baja California Sur (Aprobado en 2019):
El 27 de junio de 2019 fueron aprobadas las reformas al Código Civil del Estado para permitir el matrimonio entre personas LGBTIQ+ sin tener que recurrir a los amparos. La iniciativa tuvo 14 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención.
Tal como en el caso anterior, la SCJN declaró institucionales esos artículos que describían el matrimonio como unión entre hombre y mujer. El artículo que se reformuló fue el 150 y se publicó por el gobernador como forma de celebración del mes del orgullo.
4. Campeche (Aprobado en 2016):
En mayo de 2016, este estado reformó el Código Civil y el Penal con 34 votos a favor y 1 en contra. Sin embargo, desde 2014 ya se venían registrando este tipo de uniones matrimoniales.
5. Chiapas (Aprobado en 2017):
Similar a casos anteriores, en esta región la SCJN se declararon inconstitucionales los Artículos 144 y 145 del Código Civil del Estado, en donde se prohibía el matrimonio igualitario. Aunque estos textos continúan en el Código, están antecedidos por una acotación que explica la resolución del Alto Tribunal.
Casi un año después de la resolución, en 2018, se dio el primer matrimonio gay en Tuxtla Gutiérrez sin necesidad de recurrir a un amparo.
6. Chihuahua (Aprobado en 2015):
Similar a Baja California, este estado sigue sin reformular el Código Civil en materia del matrimonio igualitario. Sin embargo, en el 2015 el Ejecutivo dio instrucciones a les funcionares del Registro Civil para que se acepten las solicitudes de matrimonio de todas las parejas con los mismos requisitos.
7. Ciudad de México (Aprobado en 2009):
El Distrito Federal fue la primera región en la que se reconoció el matrimonio igualitario y la adopción homoparental. La Asamblea Legislativa reformó el artículo 146 del Código Civil, con 39 votos a favor, 20 en contra y 5 abstenciones.
Así, se eliminaron las categorías de mujer y hombre del código y se amplió el margen del concepto de matrimonio, desde entonces se han casado más de 10 mil parejas LGBTIQ+.
8. Coahuila (Aprobado en 2014):
Este estado fue el segundo que aprobó el Matrimonio Igualitario en México. Se realizó por vía legislativa, por medio de la modificación del artículo 253. Los estados anteriores son precursores, ya que emitieron sus reformas antes de la sentencia de la Suprema Corte.
Antes de la aceptación, desde el 2007, en Coahuila existía una figura llamada “Pacto Civil de Solidaridad” en el que se unían las parejas —tanto LGBTIQ+ como heterosexuales— bajo la fórmula del concubinato.
9. Colima (Aprobado en 2016):
Aquí, se reformó el Código Civil por unanimidad con 24 votos a favor. Sin embargo, no fue una iniciativa propia del Congreso, sino que fue una respuesta a la SCJN que determinaba que estaban siendo discriminatories con las parejas cisheterodisidentes al diferenciar el “matrimonio” del “enlace conyugal”.
10. Durango (NO Aprobado):
En 2017 y 2019, el Congreso local rechazó las iniciativas alrededor del matrimonio igualitario. Aunque están obligades a atender las solicitudes, siguen presentando dificultades. Los sectores del PAN, el PRI y el PT se han declarado en contra de hablar sobre el tema.
11. Estado de México (NO Aprobado):
Tal como en el caso anterior, las iniciativas en el Legislativo no han prosperado por las secciones conservadoras, que promueven que se siga denominando el matrimonio como una unión entre hombre y mujer. Sin embargo, en algunos municipios se permite instruir a les jueces del Registro Civil para permitir estos matrimonios.
12. Guanajuato (Aprobado en 2021):
En diciembre de 2021 este estado le dio el sí al matrimonio igualitario, aunque no se ha legislado sobre el tema, el Ejecutivo estatal ordenó por medio de circular 2261 del 2021 que el Registro Civil debía casar a las parejas LGBTIQ+ sin problemas.
13. Guerrero (NO Aprobado):
Así como en los otros casos de negativa, el gobierno de este estado concibe el matrimonio como una institución tradicional entre hombre y mujer. Aunque en el 2020 se presentó la oportunidad de aprobarlo, el Congreso se negó a aceptar esta forma de unión. Algunos casos excepcionales se han logrado casar sin recurrir al amparo, pero el común denominador es recurrir a esta herramienta legal.
14. Hidalgo (Aprobado en 2019):
El 14 de mayo del 2019, el Congreso aprobó la reforma de los artículos 8, 28 y varios de la fracción primera de la Ley para la Familia, que eran denominados por la SCJN como inconstitucionales. Lo anterior se logró por medio de 18 votos a favor, 2 en contra y 8 abstenciones.
15. Jalisco (Aprobado en 2016 y 2022):
De forma similar a casos anteriores, desde el 2016, la SCJN invalidó los artículos 258, 260 y 267 del Código Civil estatal que se consideraba discriminaban a las parejas disidentes. Sin embargo, no fue hasta abril del 2022 cuando se logró modificar este código para permitir el matrimonio igualitario.
16. Michoacán (Aprobado en 2016):
El 17 de mayo del 2016, el Legislativo local aprobó las reformas al Código Familiar que no permitía el matrimonio igualitario. Sin embargo, desde 2014 se celebran bodas por medio del amparo legal.
17. Morelos (Aprobado en 2016):
Un día después de Michoacán, este estado reformó el artículo 120 de la Constitución local al igualar la posibilidad de casarse en todo tipo de parejas. Se logró después de un año de que la SCJN declarara inconstitucional ese artículo.
18. Nayarit (Aprobado en 2015):
En diciembre de 2015, el Legislativo local aprobó las reformas al redefinir el concepto de matrimonio. Se arreglaron los artículos 135, 136, 137 y 144 de la Constitución y se convirtió en el tercer estado en aprobar esta unión. A las pocas semanas se presentó la primera unión entre dos mujeres.
19. Nuevo León (Aprobado en 2019):
Este estado es considerado como uno de los más conservadores y tradicionales del país, incluso, la SCJN en 2019 lo incluyó en su lista negra por violar los derechos a la igualdad por medio del Código Civil. Ese mismo año, el tribunal invalidó los artículos 140 y 148 por segregar a las parejas LGBTIQ+.
20. Oaxaca (Aprobado en 2019):
En este estado, el 28 de agosto de 2019 se admitió el matrimonio igualitario con 25 votos a favor y 10 en contra. Se reformuló el artículo 143 de la Ley de Registro Civil, aunque ya se permitía esa unión sin necesidad de amparo, se encontraban varios obstáculos por parte de las entidades encargadas, incluso, en el 2013 el Alto Tribunal había declarado inconstitucional el artículo que promovía el matrimonio entre hombre y mujer.
21. Puebla (Aprobado en 2020):
Luego de que algunos amparos llegaran hasta la SCJN, el 3 de noviembre de 2020, el Congreso local aprobó las reformas de 13 artículos del Código Civil para permitir el matrimonio igualitario en el estado.
22. Querétaro (Aprobado en 2021):
En este caso, antes de la aprobación general por parte del Administrativo local, 8 municipios ya permitían este tipo de trámites. El 12 de noviembre del 2021, con 21 votos a favor y cuatro en contra, se modificaron los artículos 137, 158, 160 y 163 del Código Civil y se aprobó el matrimonio igualitario en todo el estado.
23. Quintana Roo (Aprobado en 2011):
Este caso especial, no tuvo una discusión sobre la posibilidad de casarse entre personas LGBTIQ+. Esto, debido a que desde un principio se establecía que el matrimonio era entre dos personas sin relacionar sexo o género, por lo que el vacío legal permitía que cualquier pareja se casara. Desde el 2011 ya se presentaban los primeros matrimonios.
24. San Luis Potosí (Aprobado en 2019):
En mayo del 2019, el Congreso estatal aprobó la modificación a los artículos 15, 105 y 133 del Código Familiar para permitir el matrimonio sin necesidad de amparo. Desde 2017 varías parejas se habían unido bajo la figura constitucional.
25. Sinaloa (Aprobado en 2021):
El 15 de junio de 2021, el Congreso aprobó las reformas de los artículos 2, 40 y 165 del Código Familiar —tras haber sido rechazadas en 2019—. Desde el año pasado es posible unirse legalmente entre personas LGBTIQ+.
26. Sonora (Aprobado en 2021):
En septiembre del año pasado, fue aprobada la reforma de los artículos del Código Familiar gracias a 25 votos a favor que permitían el matrimonio igualitario. Un año antes, las comisiones de Igualdad de Género y Derechos Humanos rechazaron la iniciativa que promovía esta unión.
27. Tabasco (NO Aprobado):
Aunque hay 2 iniciativas que proponen esta aceptación, el Estado no ofrece garantías a les civiles cisheterodisidentes que desean unirse bajo la figura del matrimonio. Sin embargo, desde 2015 se han presentado uniones bajo el permiso de la SCJN.
28. Tamaulipas (NO Aprobado):
Aunque desde el 2018 la SCJN declaró como institucional el artículo del Código Civil que impide esta unión entre diversidades, el estado no ha adelantado las reformas necesarias. Desde el 2015 se han presentado cerca de 25 matrimonios igualitarios por medio del amparo constitucional.
29. Tlaxcala (Aprobado en 2020):
El 8 de diciembre del año anterior, el Gobierno aprobó la reforma de los artículos 39, 42 y 46 del Código Civil gracias a la iniciativa de 24 organizaciones civiles que pedían el matrimonio igualitario. Se logró gracias a 16 votos a favor y 3 en contra.
30. Veracruz (Aprobado en 2022):
Este es el estado que más recientemente aprobó el matrimonio igualitario el 2 de junio del 2022. Fueron 38 votos a favor y 4 en contra los que permitieron modificar los artículos 47 y 77 del Código Civil para permitir este tipo de uniones.
31. Yucatán (Aprobado en 2021):
Aunque esta solicitud fue rechazada el 10 de abril y el 19 de julio de 2019, el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán interpuso amparos ante la SCJN debido a que las anteriores votaciones se hicieron de forma secreta. El Alto Tribunal amparó esa solicitud y el Congreso Local se vio obligado a votar públicamente con 20 votos a favor y 5 en contra. Así, se modificó el artículo 94 de la Constitución y se aprobó esta unión.
32. Zacatecas (Aprobado en 2021):
Aunque en los municipios de Zacatecas, Villanueva y Fresnillo se permitían estos matrimonios, el 14 de diciembre del 2021 se aprobaron las modificaciones con 18 votos a favor y 10 en contra para que el matrimonio igualitario no tuviera que recurrir a los amparos constitucionales.
Consulados mexicanos
En noviembre de 2018, el consulado de México en Nueva York permitió la unión entre Daniel Berezowsky Ramírez y Jaime Chávez Alor, lo que les hizo la primera pareja del mismo género en casarse en otro país por medio del consulado, siguiendo las disposiciones del Código Civil Federal. Desde 2019, la Secretaría de Relaciones Exteriores comunicó que esto era posible en todos los países que tuvieran consulado mexicano.
¿Por qué aún no se aprueba en todo el país?
Las alas conservadoras de la política continúan rechazando estas propuestas, argumentando que debe ser decisión de cada estado. Anteriormente, ya se presentaron iniciativas para lograr este proyecto.
El 17 de mayo del 2016, Enrique Peña Nieto, el presidente durante ese periodo, impulsó una propuesta de matrimonio sin discriminación a nivel nacional. Sin embargo, la propuesta fue rechazada en el Congreso de la Unión —el encargado de legislar los asuntos del país— debido a que alegaban que cada estado debía tener autonomía al legislar en materia civil.
También, en el 2019, la diputada Celeste Asencio Ortega incentivó un proyecto de ley ante la Cámara de Diputados que proponía agregar al art.4 de la Constitución, que toda persona mayor de edad tenía derecho para contraer matrimonio, esto con el fin de que todas las entidades reformaran sus leyes para que las personas se pudieran casar sin tener en cuenta su identidad sexual u orientación sexual, pero fue rechazada.
Es importante reconocer que gracias a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a organizaciones sociales estas iniciativas pudieron avanzar hasta la aprobación.