Un desgarrador caso de bullying por el que José Matías Guevara, un adolescente trans de 16 años, se quitó la vida el 23 de mayo de 2019, lanzándose desde un piso 11 en la ciudad de Copiacó, motivó la presentación del proyecto de ley José Matías en el Congreso de Chile que “refuerza las normas de convivencia escolar”.
Las y los diputados Daniella Cicardini, Pamela Jiles, Erika Olivera, Camila Rojas, Juan Santana y Marisela Santibáñez radicaron la iniciativa parlamentaria el 13 de noviembre de 2020, la cual busca “modificar la ley General de Educación y la ley Sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, para reforzar la normativa sobre convivencia escolar, considerando el respeto de la identidad sexual y de género, y sancionar toda forma de discriminación basada en estas circunstancias”, según se lee en la página web de la Cámara de Diputadas y Diputados.
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Más de un año después, el 15 de junio de este 2022, el proyecto de ‘Ley José Matías’, fue aprobado por la Cámara Baja con 94 votos a favor, 22 en contra y 22 abstenciones. Ahora pasará a segundo trámite en el Senado de Chile.
El caso de José Matías Guevara
Los hechos por los que el menor tomó la fatal decisión ocurrieron en el Liceo Sagrado Corazón de Copiapó. De acuerdo con un informe de la Fiscalía de Chile, la investigación del caso pudo establecer que hubo “antecedentes de acciones y omisiones” por parte de docentes y otras autoridades del centro educativo que serían “fundamento o explicación de la decisión que tomó de quitarse la vida”, según reseña el portal ‘El Desconcierto’.
La investigación realizada por las autoridades reveló una serie de negligencias cometidas por el colegio, sus docentes y directivas. La Fiscalía informó que, dos meses antes de su muerte, José Matías había acudido a la persona encargada del Departamento de Orientación de la institución.
“Él va y dice, yo soy transgénero, mi mamá lo sabe, mi mamá me apoya y necesito el apoyo del colegio. En ese momento el colegio tenía que llamarme a mí y ponerme la circular en las manos para poder solicitar el reconocimiento”, dijo Marcela Guevara, madre de José Matías, a ‘Página 19’.
También denunció en entrevista con ‘El Desconcierto’ que su hijo se había quejado ante las autoridades de la escuela que sus compañeros y compañeras le estaban llamado por el nombre de “Josefa” y no por el de “José”, con el que él se identificaba. Incluso, afirmó:
“La orientadora incluso escribió en sus papeles que José Matías estaba trastornado, atribuyéndole un estado de enfermedad”.
Otro de los dolorosos detalles que arrojó la investigación realizada por la Fiscalía tiene que ver con el testimonio de la persona al frente de la convivencia escolar, quien confesó que a finales de marzo de 2019 tres compañeras de José Matías le dijeron que él se estaba autolesionando. Sin embargo, el colegio no se contactó con la madre del menor para informarle de esta situación. Añadió:
“Ellos decidieron no salvarlo y no comunicarle sus derechos. No sé qué presiones recibió, pero siento que luego de que mi hijo se acercó a hablar con ellos, él se transformó en un problema para el colegio, sólo por el hecho de ser honesto”
Por todo lo anterior, el 17 de marzo de 2020 la Superintendencia de Educación sancionó al liceo con una multa de $2.700.000 por incumplir la ordenanza N°0768 “Derechos de niñas, niños y estudiantes trans en el ámbito de la educación”, emitida el 27 de abril de 2017.
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En esta se lee que “los sostenedores, directivos, docentes, educadores/as, asistentes de la educación y otras personas que componen la comunidad educativa están obligados a respetar todos los derechos que resguardan a niñas, niños y estudiantes”.
A renglón seguido precisa que “los sostenedores y directivos deben tomar las medidas administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger y garantizar los derechos de niñas, niños y estudiantes contra toda forma de acoso discriminatorio, tales como prejuicios, abuso físico o mental, trato negligente, vulneración de su intimidad y privacidad y/o malos tratos”.
De qué se trata la ‘Ley José Matías’
Aunque las normas generales del proyecto obtuvieron luz verde, las de quórum de ley orgánica no alcanzaron los 88 votos exigidos y, por lo tanto, no fueron aprobadas. Entre esas figura una disposición que obligaba a las instituciones educativas a contar con ejemplares del reglamento con lenguaje inclusivo.
La Sala de la Cámara detalló en un comunicado que tampoco alcanzó la aprobación una norma que “definía que el Estado propendería a la entrega de la información relativa a la calidad del clima escolar en las instituciones educativas. Para ello, se pedía evaluar, constantemente, el nivel de violencia escolar y su impacto en la salud mental de los estudiantes”.
Lo mismo sucedió con el ítem que pretendía establecer que “los y las alumnas tienen derecho a que se respeten y reconozcan su libertad personal y de conciencia. Igualmente, su estatus migratorio, identidad cultural y pertenencia étnica. Asimismo, su identidad sexual, identidad y expresión de género, orientación, características y diversidades sexuales y/o afectivas”.
El comunicado indica que entre las medidas aprobadas está garantizar la participación de la comunidad educativa en su conjunto, así como agregar a los consejos escolares el deber de velar por la no discriminación.
De la misma manera, el texto “obliga a los establecimientos educacionales a contar con un equipo de convivencia escolar. Se espera que, en él, al menos, participe un miembro del equipo directivo y otro de la Unidad Técnico-Pedagógica. Su liderazgo estará a cargo del encargado de convivencia escolar y se describen las exigencias para el cargo”.
Por último, señala que el consejo escolar deberá tener un plan de gestión o de convivencia escolar en el que queden establecidas las medidas para prevenir y evitar la discriminación. Además, considera la situación especial de escuelas cárcel, aulas hospitalarias, escuelas rurales y otros establecimientos.
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El proyecto también menciona que “se entenderá por buena convivencia escolar las relaciones e interacciones inclusivas y democráticas que se dan al interior de la comunidad educativa”.
La iniciativa define cuáles serían los pasos a seguir cuando se presenten casos de acoso en las instituciones educativas. En ese sentido, se establecería la obligación de denunciar los delitos que afectaren a estudiantes o que hubiesen tenido lugar en el establecimiento.
“Estas medidas se tomarán cuando se produzcan hechos que constituyan agresiones o violencia escolar física por razones de discriminación. También aplica para agresiones psicológicas o sexuales”, informó la Cámara de Diputadas y Diputados.
Agrega que: “revestirán especial gravedad las agresiones u hostigamientos hacia un estudiante fundado en causas discriminativas (etnia, género, ideología, etc.)”. Además, el texto explica las acciones puntuales que se considerarían infracciones y que, en consecuencia, acarrearían sanciones:
“El sostenedor incurrirá en una infracción de carácter grave a la normativa educacional en el caso de que las autoridades respectivas, habiendo tomado conocimiento o siendo de público conocimiento de situaciones que pudiesen ser constitutivas de acoso o violencia contra estudiantes, no adopten las medidas que el reglamento defina como tales”
A los colegios igualmente se les exigiría implementar medidas de manejo y ayuda a quienes sean víctimas de acoso escolar o discriminación por su orientación sexual o identidad de género:
“Se establece que los reglamentos internos deberán incluir, expresamente, la prohibición de toda forma de discriminación arbitraria. Asimismo, el derecho a una vida libre de violencia y el respeto y reconocimiento de la diversidad, así como a la identidad de género”
Además, en caso de ser aprobado por el Senado y convertirse en ley, se exigiría actualización de los reglamentos cada dos años, considerando acciones de alerta temprana, prevención y reparación. Estos deberán ser informados a padres y apoderados.
Por último, indica el proyecto, “se da un plazo de un año a los establecimientos educacionales para la adecuación de sus reglamentos y cumplir con las exigencias de esta ley, contado desde su publicación”.