¿Qué esperar en materia de medioambiente en la nueva Constitución de Chile?

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El proceso constituyente que viene para Chile con su actual Gobierno de izquierda es crucial por la oportunidad que tiene el país latinoamericano en estructurar una Constitución moderna, que proteja eficazmente el derecho a vivir dignamente en un medioambiente sano y diverso. 

En principio, en el artículo 19 N°8 de su Constitución Política de 1981, se determina que el derecho a vivir en un ambiente sano, “es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”, además dispone que “la Ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medioambiente”. 

Una hoja
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Asimismo, refleja un claro compromiso con los límites que se pueden establecer por ley en el artículo 19 N°24, sobre “el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella (la naturaleza) y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social” se establece (dentro de esta última) “la conservación del patrimonio ambiental”.

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¿Qué dice el actual gobierno sobre medioambiente?

Ahora bien, el presidente Gabriel Boric ha dado luces de un cambio decisivo con un gran peso en los riesgos que presenta el cambio climático, pues a partir de ellos se gestiona un plan de acción que en el corto y mediano plazo se espera que cumpla su objetivo de sensibilizar aún más a la población chilena y de la región, sobre la importancia de una implementación verdadera en materia de medioambiente en la nueva Constitución Política.

En este sentido, el mandatario parte de lo sucedido en los gobiernos anteriores, pues sin dicho contexto el actual borrador no tendría puntos de partida claros y entusiastas para el paulatino cambio. “Podemos hacer las cosas bien como política de Estado, porque este no es un logro de nuestro Gobierno que hoy tengo el honor de encabezar, sino que partió primero con todos los activistas, académicos, sociedad civil que exigieron esto a partir del Acuerdo de París en gobiernos anteriores”.

Paisaje con naturaleza
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Hoja de ruta del actual Gobierno en medioambiente

  • Sustentabilidad que permita no solo el progreso económico y la justicia social, sino que, también asegure la preservación y conservación del patrimonio ambiental (especialmente de las especies endémicas y nativas) y que permita el desarrollo de la vida de las futuras generaciones.

  • El derecho al medioambiente sano y ecológicamente equilibrado que incluya aspectos tales como la contaminación de ruido, lumínica, el tratamiento de las basuras y la protección del paisaje.

  • El derecho humano al agua, especialmente en cuanto a su protección ecológica y al consumo, aumentando a rango constitucional el actual reconocimiento legal del agua como bien nacional de uso público.

  • Incluir la protección del medioambiente dentro de las bases de la institucionalidad, que, como se sabe, establece los valores fundamentales del Estado. 

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Adicionalmente, la promulgación de la Ley Marco de Cambio Climático, la cual ha sido festejada por el presidente y su gabinete, dado que su legislación busca que Chile sea carbono neutral para el año 2050. Además de su adhesión al Acuerdo de Escazú el pasado 13 de junio del presente año, donde se afirma el reconocimiento de los derechos de la naturaleza, el deber de protección del medioambiente y el rol del Estado para combatir el cambio climático.

Personas cultivando
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De tal manera, reflejar la protección del medioambiente en una nueva Constitución representa una oportunidad histórica, algo que hasta ahora y como se ha ido desarrollando el debate se está cumpliendo paso a paso. De hecho, la primera señal clave que se dio en esa dirección fue la declaración de la Convención Constitucional en Emergencia Climática y Ecológica, la cual establece un modelo de desarrollo enfocado en un impacto positivo y sostenible, dado a que las características geográficas del país presentan un gran riesgo en el plano del cambio climático. 

Ahora bien, en función de los derechos fundamentales se aprobó la norma que establece que “el Estado promoverá el diálogo, cooperación y solidaridad internacional para adaptarse, mitigar y afrontar la crisis climática y ecológica y proteger la naturaleza”. Sumado a eso, las temáticas aprobadas corresponden a reforzar los derechos de la naturaleza, así como también a la protección del medioambiente, la gestión de residuos, la democracia ambiental y los derechos de los animales.

Acerca de la gestión de residuos, desde 2016 Chile cuenta con la Ley 20.920. Esta norma tiene por objeto disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y valorización. Con esta ley el gremio de recicladores ha ganado visibilidad porque se les considera los verdaderos gestores de los residuos, sin embargo es fundamental el total reconocimiento de sus derechos laborales. Por su parte, Soledad Mella, dirigente de la Asociación Nacional de Recicladores Chile, reivindica el rol de estos trabajadores en la lucha contra el cambio climático. 

De esta manera, ya forma parte de la nueva Constitución la norma que establece que el Estado debe «garantizar y promover los derechos de la naturaleza, debiendo realizar todas las medidas necesarias de precaución, reparación, restauración y regeneración cuando exista o haya riesgo de degradación o daño ambiental«. También se aprobó el articulado que establece que la “Ley podrá establecer restricciones al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medioambiente y la naturaleza». 

Bombilla con una planta
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En cuanto a lo establecido para las regiones, la Carta Magna declara que los planes de descontaminación ambiental será de manera autonoma del lugar, “la planificación, ordenamiento territorial y manejo integrado de cuencas, como así también la regulación y administración de los bosques, las reservas y los parques de las áreas silvestres protegidas y cualquier otro predio fiscal que se considere necesario para el cuidado de los servicios ecosistémicos».

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En definitiva, el proceso del borrador de su nueva Constitución contiene grandes aspectos positivos para la agenda ambiental, la cual se articula con las metas que tienen otros países como Colombia. Ello será fundamental desde la visión de estos países, con el fin de promover mayor conciencia y red de apoyo en la región, dentro del marco del desarrollo sostenible que permita (en un contexto de cambio climático global) asegurar a las futuras generaciones las condiciones mínimas de vida que les permita un desarrollo integral a escala humana.

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